Nuevas normativas de facturación electrónica y control laboral de trabajadores: multas de hasta 150.000 €

Autónomo, hacer las facturas en Excel, Word y/o papel será sancionado por hacienda hasta 150.000 €.

Comunicado

Asesoría Navarro informa a todos sus clientes que, a partir del 1 de enero de 2026, entra en vigor un nuevo marco normativo obligatorio que afectará directamente a la forma de facturar y controlar el horario de los trabajadores de todos los autónomos y pequeñas empresas. El incumplimiento podrá acarrear multas entre 3.000 € y 150.000 €.

¿Qué leyes te afectan?

  • Obliga a usar facturación electrónica con software homologado. Prohibido usar Excel, Word u otros no autorizados. El software debe ser inviolable y no permitir alterar ni borrar facturas.
  • El sistema debe enviar cada factura a Hacienda en tiempo real. Solo el software adaptado garantiza el cumplimiento.
  • Obliga al uso de un registro horario digital en tiempo real, prohibiendo el fichaje en papel, Excel u otros sistemas no fiables.

Ley Crea y Crece (18/2022) y Ley Antifraude (11/2021):

  • Sistema de control de facturación (100/2026): Ley de Registro de Control Laboral.

Consecuencias del incumplimiento

  • Multas desde 3.000 € por factura emitida fuera del sistema.
  • Sanciones de hasta 150.000 € por uso continuado de software no autorizado.

¿Qué puedes hacer ahora?

Existe una subvención a fondo perdido para autónomos y empresas con hasta 50 empleados que cubre el coste total del software obligatorio. Solo se paga el IVA, totalmente deducible, e incluye el sistema de facturación y el control de trabajadores.

En resumidas cuentas, a partir de ahora toda factura de venta que realices deberá elaborarse en un programa informático con licencia a nombre del autónomo y/o empresa, el cual deberá cumplir con la normativa que dicta la Agencia Tributaria; además, si lo requiere, éste deberá estar instalado en un dispositivo del autónomo y/o empresa. A partir de 2026 ya no se presentarán cuentas a hacienda trimestralmente, sino que será cuestión de días lo que tengamos para hacerlo. Y en caso de que no cumplamos con esta normativa las sanciones serán desde 3000 € hasta 150.000 €.

Autónomo, ponte las pilas y busca soluciones, aún estas a tiempo.

SUSCRÍBETE A NUESTRO BOLETÍN

Otros artículos

Artículos de interés

¿PUEDO ESTAR CONTRATADO Y SER AUTÓNOMO?

Me dedico a la enseñanza y estoy contratado, me han ofrecido otro trabajo también como profesor, pero es fuera de España, ¿Puedo hacerlo? ¿Cómo lo hago?
Te lo contamos.

Artículos de interés

VACACIONES FISCALES

No recibir cartas de hacienda en vacaciones, te lo contamos.