‘FUNCIONARIOS Y COMPLEMENTARIAS’

En Funcionarios y Complementarias te explicamos a quién y cuando le toca hacer una declaración de renta complementaria.

Cada año llegan a nuestro despacho muchas historias personales de nuestros contribuyentes, situaciones que se complican a veces por el propio contribuyente y otras por terceros, la cuestión es que, sea como fuere, siempre le toca a la misma parte solucionarlo.

Desde hace años nos llegan muchos casos de trabajadores de la administración, también conocidos como funcionarios, los cuales nos traen sus declaraciones que creen sencillas, pero que, en algunos casos, al revisarlas encontramos que tienen algo más que hacer una simple renta.

En estos casos revisamos los datos fiscales y los cotejamos siempre con el cliente, cual es nuestra sorpresa que en esos datos fiscales no solo aparece información del ejercicio actual, sino que además muchas veces aparecen datos de ejercicios anteriores, los cuales les obligan a realizar declaraciones de renta complementarias, en la mayor parte de las ocasiones el funcionario lo ignora.

El cliente solo viene a hacer su declaración de la renta de ese año en cuestión, hasta que le explicamos que por esa retribución que percibió en abril de 2024 pero que realmente dicho pago era de nóminas atrasadas de diciembre de 2023, por poner un ejemplo, debe declararlas en la renta del año 2023, y no solo eso, es que por este dato variará el resultado de esa declaración, a favor o en contra del contribuyente; no se sabe hasta que la declaración no se levanta y se le introducen nuevos datos, ésta puede entonces variar los resultados a pagar o a devolver, en el caso de que la declaración salga a pagar….hay que pagarla si o si; y el plazo para ello es el mismo día que se expida esa declaración, pero no pudiendo ser después del 30 de junio.

A estas alturas de la explicación, entendemos que cualquiera que no se dedique a esto se perdió en el título, y es muy lógico, lo que tenemos claro es que si estos datos son ignorados y no son declarados, el contribuyente puede ser sancionado por hacienda, la que es partidaria de que la ignorancia no exime de la responsabilidad, es decir, ‘el no saberlo no te quita que tengas que hacerlo’.

Aclaramos que no solo los funcionarios pueden encontrarse ante esta situación, no; esta situación puede ocurrirle a cualquier persona que perciba ingresos de otros ejercicios, y tendrá la obligación de declararlos en la renta que hizo en el año que toque.

Esperamos que después de leer este artículo, y si usted es de los que confirma su borrador, mínimo revise bien todos los datos que hacienda tiene de usted antes de confirmar.

Si usted se encuentra ante una difícil situación en la que no sabe cómo actuar, ya sabe que siempre cuenta con los profesionales de Asesoria Navarro, que estarán encantados de poder ayudarle.

Gracias por su atención y su tiempo.

Teléfono y whatssApp: +34 968 26 12 52

Email: info@asesoria-navarro.net

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