Vacaciones , ¿Cuando?

Vacaciones, ¿cómo y cuándo?

Llegadas estas fechas todo el mundo piensa en irse de vacaciones, y quieren programarlas y organizarlas, pero aún hay muchas personas que no saben cuando le corresponden, ni como tomárselas, y es más, les da miedo preguntar en su empresa.

Por ello, en este artículo queremos informarle de cuándo y cómo debe elegir sus vacaciones, y nosotros ponemos facilitarle dicha información. Siempre documentándonos con la legislación vigente, en este caso nos referimos al artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, el cual regula las condiciones mínimas en las que se pueden dar. Pero eso si, recordamos que cada convenio colectivo solo puede igualar y/o mejorar estas condiciones, pero no desmejorarlas.
A partir de aquí, podemos informarle de que siempre que exista relación laboral entre trabajador y empresa, empiezan a generarse el derecho de vacaciones para el trabajador con cada año natural, es decir, desde el 1 de enero y hasta el 31 de diciembre.
Las vacaciones se tomarán cuando lo acuerden empresario y trabajador, pero no podrán iniciarse en días festivos y/o inhábiles.
Las vacaciones tendrán una duración de 30 días naturales, aquí se incluyen los fines de semana y días festivos. También se pueden computar en días laborales, en este caso solo serán 22 días. Independientemente de cómo se quieran computar, recordamos que el trabajador genera mensualmente 2,5 días de vacaciones por mes trabajado.

Cada empresa deberá fijar su calendario de vacaciones y el trabajador deberá conocer su periodo de vacaciones con dos meses de antelación.

Esperamos que esta información le haya servido de ayuda.

Ya sabe que para cualquier duda y/o consulta siempre cuenta con los profesionales de Asesoría Navarro.

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