Limitación de la entrada y salida de personas en el ámbito territorial de la Región de Murcia y a la vez de sus 45 municipios. Se suspende temporalmente la actividad en el interior de los locales de hostelería y restauración y juego y apuestas en los municipios de Abanilla, Archena, Beniel, Bullas, Ceutí, Cieza, Fortuna, Lorquí, Torre Pacheco y Totana.

En Murcia a, 30 de Octubre de 2020.

Decreto del Presidente n.º 7/2020, de 29 de octubre, por el que se adoptan medidas de limitación de circulación de personas de carácter territorial, al amparo del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.

  1. Limitación de la entrada y salida de personas en el ámbito territorial de la Región de Murcia y a la vez de sus 45 municipios, salvo para aquellos desplazamientos adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los siguientes motivos:

a) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios. b) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.

c) Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.

d) Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.

e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.

g) Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.

h) Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.

i) Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.

j) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

k) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

Orden de 29 de octubre de 2020 de la Consejería de Salud, por

la que se suspende temporalmente la actividad en el interior de los locales de hostelería y restauración y juego y apuestas en los municipios de Abanilla, Archena, Beniel, Bullas, Ceutí, Cieza, Fortuna, Lorquí, Torre Pacheco y Totana. Dicha actividad podrá ser desarrollada únicamente en terrazas o espacios al aire libre, de conformidad con las reglas de prevención y aforo establecidas en la normativa citada en el artículo anterior.

Además otros datos de interés lo que se puede y no se puede hacer:

Visitar el cementerio no es causa justificada para desplazarse

El confinamiento perimetral solo permite acudir al cementerio de la localidad de residencia habitual. No podrán visitarse camposantos de otros municipios de la Región, aun cuando haya vínculos familiares.

Visitas al médico

Está permitido salir de la localidad o de la Región para acudir a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

Ir al trabajo

Se podrá salir del municipio y la Región para acudir a trabajar, y para el cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.

Educación

Se puede salir para asistir a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil. Los padres pueden llevar a los hijos a sus colegios en otras localidades, y los universitarios podrán desplazarse para ir a clase.

Retorno al lugar de residencia

El confinamiento perimetral impide salir de la localidad de residencia, pero no el retorno, que se puede producir en cualquier momento, independientemente de la entrada en vigor del decreto.

Asistencia a personas mayores o dependientes

Los cuidadores de personas mayores, dependientes o con discapacidad podrán desplazarse para tal fin. Lo mismo ocurre en el caso del cuidado de menores y otras personas especialmente vulnerables.

Ir al banco

Desplazamiento a entidades financieras y de seguro, si las oficinas están en otra localidad.

Renovar permisos

Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites inaplazables ante la Administración, órganos judiciales o notariales.

Atentamente,

Doña Mónica Navarro.

Gradado Social.

968 26 12 52

  • ¡EN MARCHA! ¡Con respeto, sin miedo!
  • Por tí, por mi, por todos…¡Cumple las normas!
  • ¡GRACIAS!
  • NOS MOVEMOS POR TI.

SUSCRÍBETE A NUESTRO BOLETÍN

Otros artículos

Artículos de interés

EXCEDENCIA LABORAL

¿Es posible el cobro de la prestación por desempleo durante una excedencia laboral?